Uso de DNAME para reversos de recursos transferidos inter-RIRs

05/04/2022

Uso de DNAME para reversos de recursos transferidos inter-RIRs
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Por Hugo Salgado

Publicación original de NIC Chile

Los “Regional Internet Registries” (RIRs) son las organizaciones encargadas de administrar y delegar recursos de números IPs (IPv4 e IPv6) y Números Autónomos (ASN) en todo el mundo. Existen 5 en total, cada una a cargo de una región en particular. En el caso de Latinoamérica, el RIR es LACNIC, instalado en Montevideo, Uruguay; y es así como también tenemos APNIC en Asia Pacífico, AFRINIC en África, RIPE en Europa y ARIN en Norteamérica.

Dentro de las labores de cada RIR está el mantener el sub-árbol DNS de los reversos de las direcciones IP que son delegadas a un usuario final. Es así como si por ejemplo NIC Chile recibe el prefijo IPv4 200.7.7.0/24 desde LACNIC, se debe mantener sus nombres reversos bajo 7.7.200.in-addr.arpa, que es hijo de la zona padre 200.in-addr.arpa, administrado por LACNIC. Y así cada asignatario de un prefijo IP en LACNIC puede pedirle la delegación de su segmento.

Para ello, LACNIC dispone de un panel de control donde cada organización puede declarar sus servidores de nombre (NS), y así obtener la delegación en el DNS.

El problema con las transferencias inter-RIR

Hasta acá todo bien, pero ¿qué sucede cuando una organización en LACNIC sub-delega a su vez un trozo de su asignación a una organización que quiere registrarse en otro RIR? Eso es lo que se llama “transferencia inter-RIR”. Ocurre cuando por ejemplo una organización europea, que tiene escasez de direcciones IPv4, llega a un acuerdo con alguna organización latinoamericana que tuviera direcciones en desuso, y acuerdan traspasarse un segmento. En este caso, tanto la entidad que cede un segmento, como la destinataria, acuden a LACNIC y a RIPE para dejar registro de la transferencia, y que se actualicen datos de whois, geolocalización, y sobre todo de administración del reverso del segmento, que a partir de esta transferencia aparecerá en el panel de usuario en RIPE del organismo nuevo, y ya no aparecerá en el panel de usuario de LACNIC.

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Sin embargo, un problema que se presenta es cómo justamente delegar correctamente el reverso del recurso en el DNS.

En un caso como en el del ejemplo, el nuevo asignatario definirá en RIPE los NS a los que quiere delegar el segmento, pero ese sub-árbol del DNS no pertenece a RIPE sino a LACNIC, por lo que es necesario algún tipo de coordinación para comunicar los datos.

Los zonelets

Las opiniones expresadas por los autores de este blog son propias y no necesariamente reflejan las opiniones de LACNIC.

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