Los riesgos para la privacidad en los bloqueos de sitios de Internet mediante URL

29/07/2024

Los riesgos para la privacidad en los bloqueos de sitios de Internet mediante URL
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Por Miguel Ignacio Estrada

En los últimos años ha habido un incremento notable en los proyectos de ley y regulaciones que buscan restringir el acceso a algún sitio web mediante el bloqueo de dominios, direcciones IP y URLs. Esta tendencia, aunque impulsada por la intención de combatir actividades ilegales y proteger a los usuarios, plantea serias preocupaciones sobre la privacidad y la libertad en la red.

La diferencia entre direcciones IP, dominios y URLs

Inicialmente es importante hacer una clara distinción entre los 3 elementos que usualmente se incluyen en los proyectos de ley o en la regulación para el bloqueo de sitios: dirección IP, dominio y URL.

Una dirección IP identifica de manera única un dispositivo en una red, un dominio es un nombre legible por humanos que se asocia con una dirección IP, y una URL es una dirección completa que incluye el dominio y la ruta específica para acceder a un recurso en Internet.

Una dirección IP identifica un dispositivo en una red mediante una serie de números, mientras que un dominio es un nombre legible por humanos que se asocia con una dirección IP para facilitar la navegación. Por otro lado, una URL es la dirección dentro de un sitio web a un recurso mucho más específico, casi siempre a página web.

Podemos visualizar mejor de qué hablamos en cada caso mediante algunos ejemplos:

  • Dirección IP: 190.210.32.126
  • Dominio: ejemplo.com
  • URL: https://ejemplo.com/secciones/política/proyecto-de-ley-de-bloqueos.html

¿Qué implica el bloqueo mediante URL?

Con anterioridad nos hemos referido a los riesgos del bloqueo de sitios mediante dominios y direcciones IP, que pueden ser desde la desconexión involuntaria de algún sitio de terceros hasta la inhabilitación total de redes de operadores de algún territorio, pudiéndose extender a toda una nación.

(Acceso libre, no requiere suscripción)

En los últimos años en varios de los proyectos de ley y regulación en la región nos encontramos con la utilización del término “URL” como sinónimo de “dominio”, cuando son dos términos técnicamente diferentes como explicamos más arriba y conllevan también medidas técnicas diferentes para su bloqueo.

El bloqueo de sitios de Internet a través de una URL permite una mayor precisión en comparación con el bloqueo de dominios o direcciones IP, ya que puede dirigirse a una página  dentro de un sitio web sin afectar el acceso al resto del contenido del mismo sitio. Sin embargo, para realizar un bloqueo mediante URL, se deben utilizar técnicas de inspección profunda de paquetes (DPI o Deep Packet Inspection en inglés) y otros métodos de monitoreo.

La inspección profunda de paquetes o DPI es el acto de inspección del contenido de estos paquetes realizado de manera automatizada por algún equipo de la red previo al reensamblaje que realiza el dispositivo utilizado por el usuario final. Sería el equivalente a revisar cada una de las cartas que una oficina de correos postales recibe, abriendo su sobre y revisando el contenido en busca de elementos específicos para después, volver a cerrar el sobre para entregar al destinatario final.

Las opiniones expresadas por los autores de este blog son propias y no necesariamente reflejan las opiniones de LACNIC.

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