Tres casos de estudio sobre bloqueos en Internet
05/04/2023

Preservar la libertad de expresión y evitar cualquier tipo de censura, especialmente en el campo político y de las ideas, debe ser la premisa frente a los bloqueos de sitios en Internet en los países de América Latina y el Caribe, según las sugerencias de una investigación realizada por Héctor Huici y Roberto H. Iglesias
Los responsables del trabajo Bloqueados: La práctica de los bloqueos en Internet y tres estudios de casi latinoamericanos -una de las investigaciones seleccionadas* para el programa de Líderes de LACNIC- entienden que corresponde limitar los bloqueos a lo mínimo, necesario y específico y en todos los casos lograr que tengan un sustento jurídico.
Líderes es un programa de LACNIC creado para proporcionar financiación y tutoría a proyectos de investigación vinculados a Gobernanza de Internet*.
Bloqueados. Cada vez es más frecuente que particulares y gobiernos pretendan bloquear con medios técnicos el acceso a ciertos contenidos en Internet por considerarlos ilegales, consideró Iglesias, uno de los responsables del proyecto.
Ambos investigadores estudiaron casos de bloqueos en Uruguay, Argentina y Venezuela. Según los escenarios analizados, en Argentina los bloqueos se fundamentan esencialmente por la protección de derechos de terceros. Se disponen por vía judicial, salvo los llamados casos de “ilegalidad manifiesta” (material de abuso sexual infantil, propaganda en favor del genocidio u otros) que pueden llegar a acarrear responsabilidad al intermediario si no retira o bloquea ese material por sí mismo o a partir de la solicitud del interesado o incluso de un tercero.
En Uruguay, la autoridad reguladora URSEC, posee las facultades para disponer administrativamente de bloqueos, pero solo lo ha utilizado en casos de infracción de derechos de televisación de partidos de fútbol. El procedimiento está sujeto a una posterior revisión judicial pero aun así ha ocasionado críticas de la comunidad de Internet por considerarse que esa garantía no es suficiente y porque esa metodología podría extenderse a otro tipo de contenidos.
Venezuela mostró la mayor cantidad de bloqueos persistentes dirigidos cada vez hacia contenidos informativos y políticos, afectando casi siempre el derecho a la libertad de expresión e información, señaló Iglesias.
(Acceso libre, no requiere suscripción)
Según el trabajo, los bloqueos en Venezuela se realizan por órdenes administrativas, muchas veces sin una base legal clara o identificable.
Complejidad técnica. Los autores destacaron que desde el punto de vista técnico, los bloqueos aparecen muchas veces como inefectivos. Esto ocurre por la facilidad para eludirlos por parte de los autores del contenido bloqueado (cambiando de ubicación, dirección IP, formato, etc.) como de los usuarios que buscan acceder a ese contenido (cambio de configuración de equipos, herramientas de circunvención, anonimizadores, etc.)
En tanto, desde la perspectiva de la libertad de expresión, los bloqueos son considerados en muchos casos como violatorios a la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) o al Pacto de San José de Costa Rica (1969). No obstante, ambas declaraciones y otros instrumentos internacionales, según los casos, prohíben la propaganda en favor del genocidio o la guerra, la incitación a la violencia y la pornografía infantil, a la vez que consagran el derecho a la vida privada y a “la honra y la reputación”.