Bloqueo de sitios: miradas cruzadas sobre su uso para combatir la piratería de contenidos
14/10/2025
En el marco de LACNIC 44, se realizó el panel “Bloqueos de sitios web e IP como estrategia contra la piratería de contenidos”, moderado por Rocío de la Fuente (LACTLD). La sesión reunió a especialistas técnicos, legales y de políticas públicas para analizar los alcances, limitaciones e impactos de una práctica que gana terreno en varios países de la región.
El intercambio abordó la expansión de los bloqueos de dominios y direcciones IP como medida para combatir la distribución no autorizada de contenidos audiovisuales y deportivos en Internet. Si bien coincidieron en que la piratería genera perjuicios económicos relevantes, los panelistas expresaron diferencias en torno a la efectividad técnica, la proporcionalidad jurídica y los posibles efectos de estas medidas sobre la estabilidad y la apertura de la red.
Entre la protección y el riesgo de sobrerregulación
Jorge Bacaloni, gerente regional de Antipiratería en DirecTV Latinoamérica y presidente de la Alianza contra la Piratería Audiovisual, reconoció que los bloqueos de sitios e IP, si bien generan debate dentro del ecosistema técnico de Internet, los considera una herramienta efectiva para combatir la piratería audiovisual. Sostuvo que la piratería no solo implica violaciones de derechos de propiedad intelectual, sino que también puede servir como canal para otros delitos, como el juego clandestino, la pornografía infantil o la distribución de malware. En ese sentido, afirmó que los bloqueos son una herramienta legítima dentro de un conjunto más amplio de medidas. Bacaloni rechazó la idea de que los bloqueos “rompan Internet” y comparó su aplicación con la de otros delitos graves, como narcotráfico o explotación infantil, en los que se realizan bloqueos de manera rutinaria y sin cuestionamientos sobre su validez o efectividad.
Desafíos técnicos y operativos
A continuación, Basilio Rodríguez Pérez, presidente de LAC-ISP, explicó que en Brasil los proveedores de Internet reciben numerosas órdenes judiciales para bloquear direcciones IP, dominios o URLs, lo que representa una carga operativa considerable para las empresas del sector. Indicó que muchos de estos bloqueos resultan ineficaces, algunos afectan servicios legítimos y otros apuntan a dominios fuera del alcance del proveedor.
Rodríguez también destacó que el uso de VPNs reduce la efectividad de las medidas y recordó casos, como el bloqueo temporal de Twitter (hoy X) en Brasil, que muchos usuarios eludieron fácilmente. Si bien se han incorporado mecanismos con plazos definidos, persisten dificultades técnicas y una falta de comprensión sobre la complejidad del proceso por parte de las autoridades judiciales.
El caso uruguayo
Desde una perspectiva regulatoria, Gonzalo Balseiro, presidente de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) de Uruguay, describió los tres tipos de bloqueos existentes en el país, con distinto origen y naturaleza.
(Acceso libre, no requiere suscripción)
- El primero, vigente desde 2017, se aplica a páginas de juego clandestino.
- El segundo, implementado en 2020, apunta a la difusión ilegal de servicios de televisión para abonados y permite bloqueos preventivos o sancionatorios de IP, dominios o URLs por hasta 30 días.
- El tercero, establecido en 2022, busca la inhabilitación en tiempo real de transmisiones deportivas en vivo, con medidas cautelares administrativas emitidas por la URSEC.
Balseiro subrayó que cada tipo de bloqueo cuenta con procedimientos específicos y que la actuación del regulador procura equilibrar la protección de derechos con la correcta aplicación de las normas.
Perspectiva técnica y regional
Por su parte, Ernesto Majó, director ejecutivo de LACNIC, enfatizó que el enfoque de la organización frente a los bloqueos es estrictamente técnico. “Nuestra mirada tiene que ver con velar por el funcionamiento de Internet, y esa es nuestra mayor preocupación”, afirmó. Explicó que LACNIC reconoce la problemática de la piratería. pero advierte sobre los posibles impactos de la aplicación generalizada de bloqueos sin la debida precisión técnica.
Majó señaló que en distintos países de la región se están replicando iniciativas con resultados diversos. “Nuestra preocupación es fundamentalmente técnica, porque estas medidas pueden generar afectaciones temporales o incluso permanentes en la operación de la red”, indicó. Recordó que la misión de LACNIC es mantener un registro confiable de los recursos de numeración y asegurar su disponibilidad para la comunidad de Internet.
Las opiniones expresadas por los autores de este blog son propias y no necesariamente reflejan las opiniones de LACNIC.
Hola!
El texto que comparto a continuación lo escribí para Linkedin y usé como referencia esta entrada del Blog de Lacnic.
Creo que es muy interesante analizar desde el punto de vista de los IXP el tema de los bloqueos y por eso creo que es pertinente colocarlo aquí. Espero que no lo consideren off topic.
Cuando un IXP cruza una línea técnica… también cruza una línea política.
Muchos IXPs en el mundo están empezando a “evolucionar” a capa 3 para enrutar tráfico directamente.
A primera vista suena conveniente.
Pero hay una consecuencia profunda que pocos están viendo.
⸻
En capa 2 (el modelo original de un IXP)
• Solo se ven MAC address
• Solo se intercambian rutas (sin enrutar)
• No hay visibilidad del contenido
• No hay poder para discriminar tráfico
✅ Neutralidad garantizada por diseño
⸻
En capa 3 (cuando el IXP enruta tráfico)
• El IXP ve direcciones IP
• El IXP puede inspeccionar
• El IXP puede priorizar o degradar
• El IXP puede bloquear contenido
❌ Y si puede… tarde o temprano alguien le pedirá que lo haga
⸻
¿Quién podría exigirlo?
• Reguladores
• Poder judicial
• Gobiernos
• Organismos de “protección de derechos”
• Intereses privados o políticos
Solo hay que leer el blog de LACNIC para ver cuántas órdenes de bloqueo existen hoy en la región de Latinoamérica . ( https://lnkd.in/eE67CzwQ )
Si un IXP está en capa 3, se transforma en un punto obligatorio de censura.
Deja de ser infraestructura neutral y pasa a ser actor de control.
⸻
Y hay algo aún más grave:
Al operar en capa 3, el IXP deja de ser un punto neutro de intercambio
y pasa a ser un “operador de red” a ojos del regulador.
¿La consecuencia?
En muchos países eso requiere una licencia de telecomunicaciones, con:
• Obligaciones legales
• Intervenciones
• Auditorías
• Sanciones
• Supervisión constante
• Posibilidad de que el Estado decida “qué se enruta y qué no”
El IXP se convierte en un ISP más, sujeto a la misma carga regulatoria.
Pierde su estatus de infraestructura neutral y esencial.
⸻
Llevar los IXPs a capa 3 es una trampa.
Pan para hoy. Hambre para mañana.
Un beneficio económico pequeño…
A cambio de perder legitimidad, neutralidad y protección regulatoria.
Un IXP en capa 2 es infraestructura.
Un IXP en capa 3 es operador de red… y objeto de control.
⸻
Por eso este es un llamado abierto:
A todos los IXPs! 📢
No sacrifiquemos el principio fundamental de los IXP:
Ser espacios neutrales, abiertos y libres de interferencia.
La fortaleza de un IXP no está solo en la tecnología que usa,
sino en la confianza que genera.
⸻
Neutralidad no es solo un valor.
Es una arquitectura.
Y también es una protección legal.
Si queremos un ecosistema digital sano, resiliente y libre…
debemos defender la capa 2 ( y la neutralidad).
Muchas gracias por tu comentario, Iván. Muy interesante reflexión.